TRÁMITES QUE SE REALIZAN EN NUESTRAS OFICINAS
| Inscripción en el L.O.E.
y R.R.C.: El Libro de Orígenes Español (L.O.E.) tiene por objeto proporcionar a los criadores, compradores y aficionados caninos, una fuente de autenticidad oficialmente reconocida en España, de la que pueden hacer garante uso, en el desarrollo de sus respectivas actividades, adquisiciones, cesiones y fuentes de conocimiento.Todo ejemplar inscrito en el L.O.E. tiene reconocidas un mínimo de tres generaciones (hasta los bisabuelos), que son las que figurarán en el pedigrí del ejemplar.Los ejemplares reconocidos por la Real Sociedad Canina de España pero de los que no son conocidas sus tres generaciones completas, se inscriben en el Registro de Razas Caninas (R.R.C.). |
| Inscripción de Camada: El formulario de alta de camada, está compuesto por dos impresos: Hoja de Notificación de Nacimiento de Camada el primero, con un plazo máximo de presentación de 30 días y Hoja de Solicitud de Inscripción de Camada el segundo, cuyo plazo de presentación es de seis meses desde el nacimiento.Se deben respetar las siguientes normas, ya que el hecho de no hacerlo puede dar lugar a que se rechace la inscripción de la camada:
Una vez inscrita la Camada en los Registros de la Real Sociedad Canina de España, se le asigna a cada cachorro un número de registro en el Libro de Orígenes Español (L.O.E.), y se entrega al criador (propietario o propietarios de la hembra) un Justificante de Inscripción en el L.O.E., con el número de inscripción que se le ha asignado, por cada cachorro de la Camada, de los que así mismo es el propietario. |
| Cesión de propiedad: Cuando cambia por primera vez la propiedad de un cachorro, por compra o cualquier otro motivo, se deberá cumplimentar el reverso del Justificante de Inscripción en el L.O.E.: Solicitud de Cesión de Propiedad. Deberán firmar todos los propietarios anteriores (cedentes) y todos los propietarios nuevos. La presentación de este documento, rellenado según se ha expuesto, es requisito indispensable para que se pueda realizar el cambio de propiedad de un perro. Los nuevos propietarios recibirán el Pedigrí del ejemplar, en el que figurarán como propietarios Si el criador desea obtener el Pedigrí del ejemplar sin que exista un cambio de propiedad, deberá, igualmente rellenar los datos del reverso del Justificante de Inscripción en el L.O.E. con su nombre y la firma del criador o criadores. Si la Solicitud de Cesión de Propiedad se realiza una vez obtenido el Pedigrí se seguirá el procedimiento indicado el apartado Pedigrí |
| Inscripción en el L.O.E.
de ejemplar importado: Se admitirá la inscripción en el L.O.E. de aquellos ejemplares importados que aporten un pedigrí, con al menos tres generaciones, de un país miembro de la F.C.I. (Federación Cinológica Internacional) o reconocido por ésta. Deberá presentarse:
Una vez admitida la inscripción del ejemplar importado en el L.O.E., se devolverá el pedigree original, en el que figurará añadido el número de inscripción en el L.O.E., así como un Justificante de Inscripción en el L.O.E. |
| Pedigrí: El Pedigrí es el documento que certifica la genealogía del ejemplar hasta tres generaciones, si está inscrito en el L.O.E.; o de todos los antepasados conocidos, hasta la tercera generación, si está inscrito en el R.R.C. En él figuran los antepasados, hasta la tercera generación, y los datos del ejemplar (nombre, sexo, fecha de nacimiento, raza, color, tamaño, pelo, etc.), su número de inscripción (L.O.E./R.R.C.), nombre del criador, nombre del propietario, etc. En el reverso del documento existe espacio para realizar hasta tres Solicitud de Cesión de Propiedad. La forma de cumplimentar los datos es la expuesta en el apartado Cesión de Propiedad. |
| Solicitud de afijo: Para solicitar un Afijo se deberá cumplimentar el impreso dirigido a la Comisión del L.O.E., pudiéndose indicar hasta tres opciones, por orden de preferencia, así como los datos de los que lo solicitan. La concesión de un Afijo autoriza a su titular o titulares a utilizarlo en la inscripción de Camadas. Todos los titulares del Afijo, deben ser propietarios de la hembra, madre de la Camada, para poder utilizar el afijo. El Afijo es propiedad exclusiva de la persona o colectividad que ha adquirido el derecho y es vitalicio. El propietario de un Afijo puede aplicarlo a todos los ejemplares de cualquier raza de la que es criador. No puede aplicarse a un ejemplar un Afijo diferente al de su criador. Nadie podrá ser titular de más de un Afijo. Se exceptúa el caso en que dos o más personas se asocien para ejercer la cría en común. |
| Afiliación como socio
de la Sociedad Canina de Aragón: Para solicitar afiliarse a la Sociedad Canina de Aragón deberá cumplimentar el impreso correspondiente, aportando todos los datos solicitados, así como fotocopia del D.N.I. del interesado. El solicitante deberá ser presentado por dos socios de la Sociedad Canina de Aragón |